martes, 15 de diciembre de 2009

INICIATIVA DE REFORMA POLÍTICA DEL PRESIDENTE CALDERÓN

1.- Dejar en libertad a las legislaturas locales y a la asamblea del Distrito Federal para poder establecer la elección consecutiva, hasta por un periodo de 12 años, de alcaldes y demás miembros de los ayuntamientos, así como de los jefes delegaciones.

COMENTARIO: Debiera precisar que, de aprobarse, su vigencia sería a partir de la conclusión de la Legislatura que la aprueba, para evitar que sus integrantes pretendan participar en la elección inmediata siguiente.

2.- Permitir la elección consecutiva de legisladores federales y locales en periodos que tengan un límite de hasta 12 años.

COMENTARIO: Al igual que en el punto anterior, su vigencia debe ser a partir de la conclusión de la legislatura que la aprueba.

3.- Reducir el número de integrantes en el congreso. Se propone del Senado eliminar los 32 escaños que son electos de una lista nacional, manteniendo 3 Senadores por Entidad Federativa, dando un total de 96. De la Cámara de Diputados se propone reducirla de 500 a 400 diputados.

COMENTARIO: si la reducción en el Senado de la República es del 25% de sus integrantes (de 128 a 96), de igual forma debiera ser en la Cámara de Diputados, para reducir de 500, a 375 Diputados.

4.- Se propone aumentar el número de votos para que un partido político conserve su registro, pasando del 2% al 4% con la finalidad de garantizar una mayor representación social de los Partidos Políticos.

5.- Incorporar la figura de Iniciativa Ciudadana, ampliando las garantías políticas de los ciudadanos, teniendo estos la facultad de proponer iniciativas de Ley ante el Congreso de la Unión.

COMENTARIO: Esto nos permitiría, a los ciudadanos sin Diputado -que somos la mayoría, porque legislan conforme a los intereses de su partido, o no legislan-, proponer iniciativas de beneficio real, general, auténtico, y colectivo, conforme a los intereses de la sociedad, y no de quienes se han adueñado de ésta.

6.- Para ampliar los derechos de los ciudadanos, se propone incorporar la figura de las candidaturas independientes a nivel constitucional para todos los puestos de elección popular.

COMENTARIO: Esto nos permitiría, a los ciudadanos sin partido, poder aspirar a una representación popular, porque bajo el esquema actual, las dictaduras partidistas, los cotos de poder, las alianzas grupales, evitan las aspiraciones de legítimos aspirantes que podrían desempeñar mejor papel, sin duda, que muchos de los actuales y pasados legisladores. Habría que revisar el aporte de fondos para sus campañas, para que no estuvieran en desventaja con los partidos políticos, y para que fuera, así, equilibrada y justa la competencia.

7.- Adoptar un sistema de elección por mayoría absoluta con segunda vuelta electoral para la elección de Presidente de la República. Será electo Presidente el candidato que en la primera vuelta obtenga más de la mitad de los votos emitidos, si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta, los dos que hayan obtenido el mayor número de votos.
Adicionalmente se propone que la segunda vuelta se lleve a cabo en la misma fecha que la elección legislativa.

8.- Reconocer a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la atribución para presentar iniciativas de ley en el ámbito de su competencia, así, la SCJN tendría la capacidad para mejorar el funcionamiento del poder judicial y la posibilidad de incidir directamente en mejoras a la normatividad en materia de medios de control constitucional como el amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad.

9.- Facultar al Poder Ejecutivo para que pueda presentar al inicio de cada primer período ordinario de sesiones, dos iniciativas preferentes que deberán dictaminarse y votarse por el Congreso antes de que concluya dicho período.
En caso de que el Congreso no dictamine y vote en cualquier sentido sobre la iniciativa, esta se consideraría aprobada. Las iniciativas de reforma constitucional presentadas bajo este procedimiento serían sometidas en caso de no existir decisión por el Congreso, a un referéndum para que los ciudadanos decidan sobre su eventual aprobación.

10.- Facultar al Ejecutivo Federal para presentar observaciones parciales o totales a los proyectos de ley aprobados por el Congreso y al Presupuesto de Egresos de la Federación.

VER PRESENTACIÓN Y CONTENIDO EN:

http://www.presidencia.gob.mx/prensa/?contenido=51465

No hay comentarios:

Publicar un comentario